Resumen: I. Opciones de técnica legislativa. II. Ley Tipo de Arbitraje para los países hispano-luso-americanos. III. Consecuencias de la incorporación a los Convenios de Ginebra y de Nueva York. IV. Real Decreto 1094/1981, de 22 de mayo. V. Seminario monográfico del Banco Interamerica de Desarrollo, Madrid 13 a 15 de diciembre de 1982. VI. Proposición de Ley del Grupo Popular de 15 de febrero
de 1984 y discusión parlamentaria. VII. Anteproyecto de Ley de Arbitraje Ministerio de Justicia de 27 de marzo de 1987. 1. Contenido sustancial. 2. Criticas corporativas y académicas. VIII. La Ley 36/1988, de Arbitraje. 1. Debates parlamentarios. 2. Perfiles esenciales de la Ley.
Palabras clave: Arbitraje comercial España Ley 36-1988, Arbitraje comercial internacional
Resumen: Las fuentes formales del ordenamiento jurídico español (en el sentido de formas de manifestarse las normas en el Derecho español) son la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho, como señala el art. 1.1 CC.
La fuente que se aplica en primer lugar es la ley (en el sentido de norma escrita), teniendo presente que carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra superior (art. 1.2 CC, lo que implica que hay una jerarquía entre
las normas escritas. ). Pero la norma escrita presenta lagunas. Es decir, pueden existir supuestos que carezcan de regulación escrita. Entonces, para regular el caso, entran en juego las fuentes formales supletorias de la ley, la costumbre (fuente supletoria de primer grado) y los principios generales del Derecho (fuente supletoria de segundo grado) (art. 1.3 y 1.4 CC). Por otro lado, el art. 1.6 CC señala que “la jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo, al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho”.
Estudiaremos, pues, a continuación el papel de la costumbre y de los principios generales del Derecho como fuentes supletorias de la Ley, así como el papel que corresponde a la jurisprudencia en su labor complementadora del ordenamiento jurídico, para centrarnos luego en el análisis de cómo se verifica la aplicación de las normas.
Resumen: El Real Decretoâ€Ley 3/2009, de 27 de marzo, dedica su Capítulo III a las “medidas en materia concursal” que es uno de los campos contemplados por la norma “ante la evolución de la situación económica”. La circunstancia confesada en el propio enunciado del R.Dâ€L, que se ve
reiterada en el texto de su preámbulo, nos advierte que se trata de una regulación de urgencia que no excluye una
ulterior revisión “en profundidad” de la Ley Concursal (LC), al decir también del preámbulo. Sin embargo, algunas de las modificaciones que introduce el texto que ahora consideramos seguramente se consolidarán en cualquier reforma que se lleve a efecto en el futuro y no presionado el legislador por ninguna urgencia especial.
De entre las distintas cuestiones que trata el citado Capítulo III del R.Dâ€L. nos ocuparemos de las que se refieren al convenio concursal.
Palabras clave: Derecho concursal, Reforma de la Ley Consursal, Ley Concursal, Concurso de acreedores, Convenio concursal
Resumen: Among the provisions of the Rome Convention on the Law Aplicable to Contractual Obligations Article 4, that establishes the applicable in the absence of choice, raises very controversial issues. This study discusses the objectives of this provision, the interaction between the principle of proximity and the presumptions paying special attention to the functioning of the characteristic performance and to the
determination of the country that is most closely connected to the contract in case the presumptions are not applicable --- Entre las disposiciones del Convenio de Roma de 1980 sobre la ley aplicable a los contratos internacionales su artículo 4, que establece los criterios para determinar la ley aplicable en defecto de elección por las partes, resulta especialmente controvertido. Este estudio analiza el fundamento de esa disposición, la interrelación entre el principio de proximidad y las presunciones, con especial atención a la concreción de la prestación característica y a la precisión de los vínculos más estrechos cuando las presunciones no resultan aplicables o es preciso corregir el resultado al que conducen con base en el principio de proximidad.
Palabras clave: International Contracts, Applicable Law, Characteristic Performance, Closest Connection, Contratos internacionales, Derecho aplicable, Prestación característica, Vínculos más estrechos
Resumen: En este artículo se examina la sentencia del Tribunal Constitucional español 59/2008, de 14 de mayo, que desestima la cuestión de inconstitucionalidad por vulneración del mandato de igualdad en relación a la discriminación por razón de sexo que contempla el artículo 153.1 del Código Penal, en su redacción dada por el artículo 37 de la
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Para llevar a cabo este análisis, se realizará una breve aproximación al principio de igualdad contemplado en el artículo 14 de la Constitución española y, desde la perspectiva del Derecho Constitucional y Penal, se valorará la posición del Tribunal Constitucional acerca de la protección penal establecida.
Palabras clave: Culpabilidad, Discriminación positiva, Inconstitucionalidad, Presunción de inocencia, Principio de igualdad, Proporcionalidad, Protección penal, Víctima, Violencia de género
Resumen: Una de las novedades más significativas de la Ley Concursal es la unidad de la disciplina concursal. El procedimiento concursal se aplica a todo deudor insolvente. El trabajo aborda de manera breve el contenido del artículo 1.1 de la Ley y los problemas principales que conlleva aplicar el procedimiento concursal a las distintas categorías de deudores personas físicas o jurídicas.
Palabras clave: Derecho concursal; Presupuesto subjetivo del concurso; Deudor;
Resumen: Índice de la ponencia “La aplicación de los tributos en la Ley General Tributaria” de Gaspar de la Peña Velasco que fue presentada en las Jornadas de “Estudio sobre la nueva ley general tributaria” organizadas por el departamento de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Complutense de Madrid durante los días 22-25 de noviembre de 2004.